ABOGACÍA S.A.S, cuenta con el servicio adicional de castigo de cartera, donde se emite una carta llamada “Certificado de Incobrabilidad”, la cual contiene las razones (soportadas) por las cuales se considera que es una deuda irrecuperable, para ser presentados ante entes privados o públicos que lo puedan requerir.
LA PRESENTE DEVOLUCIÓN NO CONSTITUYE DE NINGUNA MANERA UN CERTIFICADO DE INCOBRABILIDAD PARA EFECTOS CONTABLES.
Para más información del servicio te invitamos a comunicarte con tu Gerente de Cuenta.
Agradecemos su confianza para con nosotros y esperamos seguir siendo su aliado estratégico en asuntos legales para futuras eventualidades.